Dictamen CGR

Dictamen N° 69816/2011

2011-11-07 · Probidad, transparencia e inhabilidades · general · Vigente
Sumario. Sobre abstención de reconsiderar dictamen solicitado por Alcalde de la Municipalidad de Valdivia, toda vez que se resolvió el fondo por sentencia judicial

N° 69.816 Fecha : 07-XI-2011 Se ha dirigido a esta Contraloría General el Alcalde de la Municipalidad de Valdivia, para solicitar, por las razones que expone, la reconsideración del oficio N° 50.768, de 2011, de este origen. Al respecto, cabe señalar que no procede acoger el aludido requerimiento, por cuanto mediante dicho documento se remitió a esa Entidad Edilicia copia del oficio N° 48.218, de 2011, de este Órgano de Control, que contiene los criterios generales vigentes sobre el pago de la indemnización establecida en el artículo 2° transitorio de la ley N° 19.070 y, que en ningún caso se pronuncia sobre la situación particular del señor Jorge Andrés Mendoza Rifo, ex docente de la Municipalidad de Valdivia, quien solicita ante esa Corporación el entero del aludido beneficio. Sin perjuicio de lo anterior, y realizado un estudio de los antecedentes aportados por la entidad consultante, se advierte que el ex funcionario interpuso sobre la materia, una demanda de cobro de prestaciones laborales ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Valdivia, en causa RIT-O-31-2010, la que no fue acogida, así como un recurso de nulidad en contra de esta última, ante la Iltma. Corte de Apelaciones de esa ciudad, en causa Rol N° 83-2010, que confirmó el fallo recurrido, quedando ejecutoriado con fecha 4 de junio de 2010. En este contexto, es menester tener presente que el inciso tercero del artículo 6° de la ley N° 10.336, dispone, en lo que interesa, que esta Contraloría General, no puede intervenir ni informar en asuntos que por su naturaleza sean propiamente de carácter litigioso, o que estén sometidos al conocimiento de los Tribunales de Justicia, más aun considerando que en la especie se dictó sentencia que resolvió el fondo, rechazando la cuestión reclamada, por lo que la aludida Municipalidad de Valdivia deberá dar cumplimiento a lo resuelto en el referido proceso judicial, sin que sea procedente reconsiderar el dictamen de que se trata. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

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