Dictamen N° 7009/2016
N° 7.009 Fecha: 27-I-2016 Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución del epígrafe, que adjudica la propuesta pública que se individualiza, por cuanto se ajusta a derecho. No obstante, cabe hacer presente que la entidad convocante deberá abstenerse, en lo sucesivo, de efectuar aclaraciones al pliego de condiciones que impliquen una modificación de este, como aconteció en la especie con el documento denominado “aclaratoria acreditación factura electrónica”, que se adjuntó a los documentos de la licitación y que no fue aprobado por resolución totalmente tramitada (aplica dictamen N° 101.186, de 2015). Asimismo, consta en la información publicada en el portal www.mercadopublico.cl , que se dispondría una extensión automática de dos días del plazo para presentar ofertas para el caso que se recibieran dos o menos propuestas, término extraordinario que no se encontraba previsto en las bases administrativas y que por ende implicaba una modificación al referido pliego de condiciones, que debía ser realizada mediante resolución fundada debidamente tramitada (aplica dictamen N° 101.861, de 2015). Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del acto administrativo del rubro. Saluda atentamente a Ud., Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante