Dictamen N° 70093/2016
N° 70.093 Fecha: 26-IX-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor José Agustín Lobos García, exfuncionario del Ejército, solicitando un pronunciamiento sobre la legalidad de su retiro absoluto dispuesto en el año 2007. Al respecto, es necesario señalar que de acogerse su requerimiento, ello implicaría para la jefatura pertinente de esa institución castrense, el deber de invalidar el instrumento mediante el cual se ordenó esa desvinculación, potestad que, acorde con lo establecido en el artículo 53, inciso primero, de la ley N° 19.880-, solo puede ejercerse dentro de los dos años contados desde la notificación o publicación del pertinente acto administrativo. De esta manera, en el evento de haber concurrido una causal que hubiese permitido dejar sin efecto su cese, la petición en tal sentido es extemporánea, ya que ha transcurrido el anotado término. Enseguida, en cuanto a que se ordene una investigación sumaria administrativa por el accidente que tuvo en el mes de julio de 2005, se debe indicar, con arreglo a lo establecido en los artículos 232 y 233 del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1997, del Ministerio de Defensa Nacional, Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas, que dicho procedimiento, para verificar si un accidente ocurrió en acto del servicio, podrá iniciarse de oficio o por denuncia del afectado dentro de los tres años siguientes al día en que aquel sucedió, sin que los antecedentes acompañados en esta oportunidad, permitan acreditar que se solicitó al Ejército la instrucción de la pertinente indagación dentro del reseñado lapso, por lo que se rechaza su requerimiento. Transcríbase a la Contraloría Regional de Magallanes y de la Antártica Chilena. Saluda atentamente a Ud. Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República