Dictamen CGR

Dictamen N° 7013/2017

2017-03-01 · Toma de razón y control de legalidad · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Cursa con alcances el decreto supremo N° 43, de 2016, del Ministerio de Salud
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N° 7.013 Fecha: 01-III-2017 Esta Contraloría General ha tomado razón del decreto del rubro, que “Modifica Decreto Supremo N° 6, de 2009, del Ministerio de Salud, que Aprueba Reglamento sobre Manejo de Residuos de Establecimientos de Atención de Salud (REAS)”, por cuanto se ajusta a derecho. No obstante, cabe hacer presente que el decreto supremo por el cual se apruebe la norma general técnica a que se alude en el inciso segundo del nuevo artículo 6° bis, no podrá contener exigencias normativas distintas de aquéllas que previene el reglamento, sino que tendrá un carácter eminentemente técnico en los aspectos que allí se mencionan. Además, las placentas que no se entreguen y que se considerarán en la categoría prevista en el artículo 6°, N° 2, del texto reglamentario, a las cuales se refiere el inciso tercero del nuevo artículo 6° bis, serán aquéllas que no se requieran conforme con lo dispuesto en “los dos incisos anteriores” del mismo precepto, y no como se expresa. De otro lado, debe agregarse que esa secretaría de Estado, en lo sucesivo, deberá inutilizar los espacios en blanco de sus actos administrativos con la firma y timbre del ministro de fe respectivo, como asimismo el reverso de sus páginas, o bien -en este último caso- imprimir tales documentos por ambos lados (aplica el dictamen N° 49.256, de 2016). Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del acto administrativo examinado. Saluda atentamente a Ud. Dorothy Pérez Gutiérrez Contralora General de la República Subrogante

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