Dictamen CGR

Dictamen N° 70470/2012

2012-11-14 · Función pública, carrera funcionaria y remuneraciones · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Municipalidad de Santiago da cuenta de cumplimiento del dictamen 33961/2012
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Dictamen N° 21808/2013
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N° 70.470 Fecha:14-XI-2012 La Municipalidad de Santiago ha remitido a esta Contraloría General el oficio N° 1.334, de 2012, mediante el cual se informa que, dando cumplimiento a lo ordenado en el dictamen N° 33.961, de 2012, de esta Entidad de Control, ese municipio ordenó la instrucción de un sumario administrativo a través de la resolución N° 122, de 2012, a fin de esclarecer la autenticidad de los antecedentes presentados por el señor Hugo Araus Ramírez, para acreditar actividades de perfeccionamiento en el concurso público convocado por esa entidad edilicia para proveer el cargo de director del Internado Nacional Barros Arana. Sobre el particular, cabe señalar, que a través del citado pronunciamiento, se ordenó a la Municipalidad de Santiago informar acerca de las medidas adoptadas a fin de determinar la veracidad de la documentación presentada por el señor Araus Ramírez, conforme a lo prevenido en los dictámenes N°s. 20.746 y 61.787, ambos de 2011, en los cuales se concluyó, en lo pertinente, que si a la comisión calificadora de concursos del referido plantel educacional le asistían dudas acerca de la autenticidad de los cursos de perfeccionamiento hechos valer por el recurrente, debía dirigirse a las entidades que los impartieron y emitieron las certificaciones cuestionadas, de tal forma, que en el evento de que se confirmase su autenticidad, ese municipio debía retrotraer el respectivo certamen a la etapa de evaluación del interesado, considerando para tales efectos esos antecedentes. Por su parte, el señor Hugo Araus Ramírez, remite fotocopia del certificado del curso de perfeccionamiento cuestionado por el municipio, con el fin de acreditar que tiene el carácter de fidedigno. Pues bien, según los antecedentes tenidos a la vista, es posible advertir que la Municipalidad de Santiago dio cumplimiento a lo ordenado en el citado pronunciamiento, puesto que se dirigió a las dos entidades que impartieron los cursos de perfeccionamiento acompañados por el reclamante, obteniendo respuesta únicamente de la Universidad Diego Portales, consistente en una certificación de noviembre de 2011 emitida por la Unidad de Desarrollo Profesional Docente, a través de la cual, se da cuenta que el recurrente aprobó el curso “Liderazgo para una gestión efectiva”, sin embargo, expresa que aquel tuvo una duración de 60 horas pedagógicas, y no de 120 horas como aparece en el instrumento presentado por el peticionario. De esta manera, en atención a que la referida entidad reconoció la aprobación del curso mencionado, cabe concluir que la Municipalidad de Santiago deberá retrotraer el respectivo certamen a la etapa de evaluación, considerando para tal efecto el aludido perfeccionamiento, y posteriormente, resolver el proceso concursal de que se trata, debiendo informar a este Órgano de Control en el plazo de 30 días hábiles contado desde la recepción del presente oficio. Por último, con relación al sumario que se ordenara instruir a través de la resolución N° 122, de 2012, cumple con advertir, sin perjuicio de la eventual responsabilidad administrativa del señor Araus Ramírez por la presentación de un certificado de estudios en el aludido certamen, objetado por la respectiva comisión calificadora, que la determinación de la autenticidad de dicho documento le corresponde a las propias autoridades que lo han emitido, en ejercicio de sus atribuciones. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

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