Dictamen N° 70931/2011
N° 70.931 Fecha:11-XI-2011 Esta Entidad de Control ha debido abstenerse de dar curso al decreto N° 1731, de 2011, de la Universidad de Santiago de Chile,que autoriza la repactación de un crédito con el Banco de Chile, por cuanto no se ajusta a derecho. En efecto, la autorización para endeudarse otorgada por el acto del rubro señala expresamente que el crédito respectivo será acordado con el Banco de Chile, lo que se traduce en acudir al trato directo como forma de contratación sin que ello haya sido debidamente justificado, situación que vulnera lo previsto en los artículos 9° de la ley N° 18.575 y 5° y 8° de la ley N° 19.886 (aplica criterio de dictamen N° 479, de 2011). En mérito de lo anteriormente expuesto se representa el documento señalado. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República