Dictamen CGR

Dictamen N° 70936/2012

2012-11-15 · Toma de razón y control de legalidad · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. No se pronuncia sobre reclamo en contra de proceso disciplinario, mientras no reingrese para el control de juridicidad el acto que lo afina

N° 70.936 Fecha:15-XI-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Isabel González Vivanco, funcionaria del Fondo Nacional de Salud y Presidenta Regional de la Asociación Nacional de Funcionarios de la citada repartición de la II Región de Antofagasta, para reclamar la ilegalidad de la resolución N° 140, de 2012, de ese servicio, que le aplica suspensión del empleo por 3 meses con goce del 50% de sus remuneraciones, ya que estima que no hay antecedente alguno que permita acreditar las faltas que se le imputan. Señala, en relación con lo expresado en el oficio N° 17.737, de 2012, de este origen, y la resolución N° 441, de 2011, de la citada repartición, que afinaba ese mismo proceso sumarial, aplicándole la medida disciplinaria de destitución, que, en su opinión, no habría infringido el deber de reserva de datos personales y sensibles, a que en esos actos se alude. Al respecto, corresponde indicar que, con posterioridad al mencionado pronunciamiento de esta Entidad Fiscalizadora, se ingresó para su control de legalidad la resolución N° 140, del mismo año y servicio, a través de la cual se afinaba dicho procedimiento sumarial, imponiéndole a la recurrente la medida de suspensión del empleo por 3 meses con goce de 50% de remuneraciones, acto administrativo que fue retirado de trámite con fecha 30 de mayo de esta anualidad, sin que hasta la fecha haya reingresado a este organismo. En virtud de lo anterior, es dable hacer presente a la interesada que esta Contraloría General se pronunciará sobre la legalidad del aludido procedimiento disciplinario, en la medida que aquél, y el respectivo instrumento que le dé término, sean remitidos por la autoridad para el indicado trámite de toma de razón, si ello fuere procedente, de conformidad con lo previsto en la resolución N° 1.600, de 2008, de este origen, situación que, como se señaló, no ha ocurrido a la fecha. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

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