Dictamen N° 71036/2011
N° 71.036 Fecha: 14-XI-2011 Se ha dirigido a esta Contraloría General, don Abelardo Salgado Rubio, ex funcionario de la Municipalidad de Puerto Varas, para solicitar la revisión de su pensión jubilatoria. Requerido al efecto, el Instituto de Previsión Social, junto con remitir los cinco expedientes jubilatorios del interesado, manifiesta, en síntesis, que el referido beneficio se encuentra correctamente determinado. Al respecto, cabe manifestar, en primer término, que luego de efectuadas las verificaciones pertinentes, se ha podido comprobar que mediante la resolución N° AP- 2.909, de 2010, del Instituto de Previsión Social, se otorgó al recurrente una pensión jubilatoria, en el régimen de la ex Caja de Previsión Social de los Empleados Municipales de la República, por la suma inicial mensual de $ 905.794.-, a contar del 1 de febrero de 2010. Enseguida, debe precisarse que en la determinación de la citada jubilación, además de aplicarse el artículo 132 del D.F.L. N° 338, de 1960, se consideraron las remuneraciones correspondientes al sueldo base del cargo de Directivo, grado 8, de la Escala Municipal de Sueldos, un 28% por concepto de asignación de antigüedad, la asignación municipal y la bonificación compensatoria de las leyes N° s. 18.717 y 19.529. Lo anterior en atención a que las demás asignaciones y bonificaciones que el interesado percibía en actividad no tienen el carácter de imponibles, de acuerdo con lo previsto en la ley N° 19.200, que estableció nuevas normas sobre otorgamiento de pensiones. En consecuencia, con el mérito de lo expuesto, cabe concluir que el beneficio de que es titular el señor Salgado Rubio se ajusta a la normativa que la regula. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República