Dictamen CGR

Dictamen N° 72302/2013

2013-11-07 · Salud pública y personal de salud · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Sobre devolución a Isapre que indica, de cotizaciones mal enteradas al Fondo Nacional de Salud
Aplicado por
Dictamen N° 46367/2015
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N° 72.302 Fecha: 07-XI-2013 Don Raúl Valenzuela Searle, Gerente General de Isapre Cruz Blanca S.A., manifiesta que el Fondo Nacional de Salud, FONASA, no ha dado cumplimiento al procedimiento de devolución de las cotizaciones mal enteradas previsto en la Circular IF/N° 164, de 2012, de la Superintendencia de Salud. Al efecto expone que FONASA se ha apartado de dicho instructivo, con lo cual ha omitido restituirle a su representada los valores que corresponderían por ese concepto, tratándose de duplicidades en la validación de las solicitudes de traspaso formuladas por la recurrente; pagos no identificados por el Instituto de Previsión Social; tratamiento de peticiones que recaen en cotizaciones de mayor antigüedad, y sistema de confirmación de afiliados vigentes implementado por ese Fondo, a través del cruce de datos utilizando los archivos maestros de contratos que despachan mensualmente todas las instituciones de salud previsional, Isapres. En razón de lo anterior, requiere que se instruya a ese Fondo en orden a dar estricto cumplimiento a la normativa que rige el citado proceso; además, exige que se le restituyan todos los montos que haya recibido por cotizaciones mal enteradas, y que se adopten los resguardos que sean necesarios para evitar que en el futuro se produzcan casos similares. Ahora bien, al tenor de los antecedentes tenidos a la vista por este Órgano Contralor, FONASA habría dispuesto las medidas tendientes a regularizar las situaciones que plantea el peticionario, dando cuenta de las gestiones concretas que se han llevado a cabo con tal finalidad, a saber: 1.- En cuanto a casos duplicados, indica que se informó oportunamente a la recurrente que el problema sería regularizado en el mes de mayo de 2013, en conjunto con la implementación de un nuevo sistema de registro de cotizaciones, lo que, según expresa, habría efectivamente cumplido. 2.- Respecto de pagos no identificados por el Instituto de Previsión Social, hace presente que el proceso de registro y validación de las cotizaciones enteradas a ese Fondo tiene un desfase de a lo menos dos meses, período en el cual éstas se registran en las cuentas individuales y posteriormente se devuelven, si ello corresponde. 3.- En relación con los pagos con antigüedad mayor a doce meses, indica que manifestó a sus contrapartes técnicas, que se encontraba en un proceso interno de revisión de los datos, con el objeto de determinar el volumen y la cuantía de las cotizaciones mal enteradas en ese Fondo con anterioridad al mes de diciembre del año 2011, y que no han sido solicitadas por las Isapres. Añade que se le pidió a la reclamante el envío de todas las peticiones cuya devolución de cotizaciones mal enteradas no han sido aprobadas, las que analizadas dieron un resultado de 6.155 solicitudes, de las cuales 5.812 corresponderían a cotizantes de Isapres (el respectivo reintegro se concretaría en el mes de agosto por un monto de MM$ 142). Concluye este acápite exponiendo, en cuanto al período 2012, que puso a disposición de las Isapres la información de la totalidad de las cotizaciones identificadas como mal enteradas, para que ellas puedan ser exigidas. 4.- Finalmente, en lo atingente al cruce de base con el Maestro de Isapres, señala que ha implementado un proceso de validación de la titularidad de las cotizaciones mal enteradas, con el propósito de asegurar que la devolución de los fondos sea realizada a cada una de las instituciones de salud con el máximo de medidas de control posible. Agrega, que los reclamos formulados sobre este punto habrían sido resueltos y regularizados a través del citado mecanismo. Asimismo, la aludida repartición comunicó que está desarrollando una nueva plataforma informática, con el objeto de dar cumplimiento al procedimiento establecido en la anotada circular. Por último, la Superintendencia de Salud ha manifestado que no cuenta con antecedentes suficientes para emitir un pronunciamiento en relación con los hechos que se denuncian, motivo por el cual ha instruido el inicio de un proceso de fiscalización para investigarlos, de cuyos resultados dará cuenta oportunamente a esta Contraloría General. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República