Dictamen N° 7275/2013
N° 7.275 Fecha : 01-II-2013 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso a la resolución 522, de 2012, del Servicio Nacional de Menores, que aplica la medida disciplinaria de multa del veinte por ciento de la remuneración mensual al exfuncionario don Sergio Andrés Henríquez Galindo, al término del sumario administrativo ordenado instruir por esta Entidad de Control mediante la resolución exenta N° 4.008, de 2010, en el servicio singularizado en el rubro. Al respecto, debe señalarse que según se advierte del expediente sumarial y demás antecedentes acompañados, la notificación de la resolución exenta N° 1.445, de 2012, de esa repartición, que determina la sanción al señor Henríquez Galindo, no cumplió con lo dispuesto en el artículo 131 de la ley N° 18.834, puesto que tanto las correspondientes búsquedas como la remisión de la pertinente carta certificada, se hicieron en un domicilio diverso del fijado por el apoderado del inculpado, circunstancia que impidió al afectado interponer los recursos contemplados en el artículo 141 de la citada ley N° 18.834. En efecto, el nuevo domicilio fue informado en la actuación de fecha 15 de marzo de 2012, que rola a fojas 567 del expediente, sin que se advierta que el aludido exservidor o su apoderado hayan realizado, con posterioridad al trámite en cuestión, alguna acción o gestión que permita tenerlos por notificados tácitamente de la mencionada resolución, de conformidad con lo prescrito en el artículo 47 de la ley N° 19.880, lo que importa, en último término, afectar el derecho a defensa del inculpado, criterio que resulta conforme con lo expresado en el dictamen N° 42.695, de 2010, de este Ente Contralor. En mérito de lo expuesto, se representa el acto administrativo de la suma, con el objeto que se adopten las medidas tendientes a subsanar la observación manifestada. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República