Dictamen N° 73249/2011
N° 73.249 Fecha: 24-XI-2011 Se ha dirigido a esta Contraloría General el Director de Previsión de Carabineros de Chile, para hacer presente que la materia en que incide el reclamo deducido por doña Pamela Pasmiño González ante este Organismo de Control, por el término de su contrato de trabajo en esa institución, se encuentra actualmente sometida al conocimiento de los tribunales de justicia, en razón de una demanda laboral deducida por la interesada, con fundamento en los mismos hechos. Al respecto, es dable precisar que la señalada presentación fue atendida mediante el dictamen Nº 59.944, de 21 de septiembre del año en curso, a través del cual esta Entidad Fiscalizadora concluyó que el término de la relación laboral de la afectada no se ajustaba a derecho, parecer que se emitió sin contar con el antecedente que se aporta en esta oportunidad. Ahora bien, encontrándose la misma materia radicada ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en procedimiento ordinario por despido indebido, iniciado el 1 de julio de 2011, RUC Nº 11-4-0024979-4, este Organismo de Control, de acuerdo con lo preceptuado en el inciso tercero del artículo 6° de la ley N° 10.336, debe abstenerse de intervenir en ella, por lo que procede reconsiderar, en los indicados términos, el antedicho oficio N° 59.944, de 2011. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República