Dictamen CGR

Dictamen N° 73505/2012

2012-11-26 · Procedimiento administrativo y actos administrativos · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Resoluciones sometidas a toma de razón no pueden ser dejadas sin efecto por acto administrativo exento
Aplicado por
Dictamen N° 4750/2017
Aplica dictámenes
Dictamen N° 80267/2012
Aplica dictamen

N° 73.505 Fecha: 26-XI-2012 Carabineros de Chile ha remitido una copia de su resolución exenta N° 990, de 2012, de la Prefectura Santiago Occidente, por medio de la cual se deja sin efecto la resolución N° 1.401, de 2011, de esa misma repartición, que confirmó la medida de baja por conducta mala, con efectos inmediatos aplicada al señor Héctor Fernando Beltrán Cerda, por cuanto, luego de disponerse la reapertura del sumario administrativo incoado en contra de aquél, se estableció, en virtud de nuevas consideraciones, que no existían antecedentes que permitiesen atribuirle responsabilidad disciplinaria en los hechos investigados. Puntualizado lo anterior, se debe hacer presente que la jurisprudencia administrativa contenida, entre otros, en el dictamen N° 44.616, de 2003, de este origen, precisó que no corresponde dejar sin efecto mediante un acto administrativo exento, una resolución que, por la materia a que se refiere, se encontró sometida al trámite de toma de razón -como ocurrió con el instrumento de que se trata-, por lo que esa entidad policial deberá dictar un instrumento afecto al referido control de legalidad, a través del cual se invalide la referida resolución N° 1.401, de 2011, el cual, además, debe ser remitido en original a esta Entidad Fiscalizadora para cumplir con dicha gestión, junto con sus antecedentes y, en especial, el respectivo proceso sumarial. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Dictámenes relacionados
Dictamen N° 44616/2003
Aplica dictamen