Dictamen CGR

Dictamen N° 74532/2014

2014-09-29 · Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Cursa con alcance resolución N° 50, de 2014, de la Dirección Nacional de Logística de Carabineros de Chile

N° 74.532 Fecha: 29-IX-2014 Esta Entidad de Control ha dado curso al documento del epígrafe, que aprueba el contrato de prestación de los servicios que indica, en el entendido que constituye una regularización del acuerdo de voluntades suscrito el 15 de febrero de 2013. En efecto, la aludida Dirección Nacional de Logística adjunta un acta de recepción extendida por esa institución policial el 11 de noviembre de 2013, que da cuenta que a esa data los servicios contratados ya estaban prestados, pese a que la resolución del rubro fue dictada solo el 15 de mayo de 2014. Lo anterior, como ya se señaló en el oficio N° 53.679, de 2014, implica una infracción al artículo 8° de la ley N° 18.575, que impone a los organismos públicos el deber de actuar por propia iniciativa en el cumplimiento de sus funciones, procurando la simplificación y rapidez de los trámites, y también a lo previsto en el artículo 7° de la ley N° 19.880, relativo al principio de celeridad, al que debe supeditarse ese tipo de procedimientos. Atendido lo expuesto, la Dirección Nacional de Logística de Carabineros de Chile deberá adoptar las medidas necesarias para que en lo sucesivo se aprueben oportunamente los contratos que suscriba, ajustándose así a la normativa citada. Transcríbase a la División de Auditoría Administrativa. Saluda atentamente a Ud., Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

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