Dictamen N° 75098/2014
N° 75.098 Fecha: 30-IX-2014 Esta Entidad de Control ha dado curso a la resolución del epígrafe, que aprueba las bases administrativas y técnicas para servicios de preparación y distribución de alimentos para funcionarios y pacientes de dicho establecimiento hospitalario, por cuanto se ajusta a derecho. No obstante, cumple con hacer presente que entiende que para aquellos proponentes que no acrediten experiencia en el ítem “Experiencia en establecimientos de salud”, se les asignará 0 puntos y no como se indica en la tabla respectiva del punto 11.2.2.2 las de las bases administrativas en estudio. Por otra parte, en relación con el sistema que se establece en el N° 4 de las bases técnicas para la alimentación de los funcionarios en el casino de esa institución, es necesario precisar que, de conformidad a lo resuelto por este Organismo Fiscalizador en los dictámenes N°s 39.861 y 31.725, ambos de 2013, no resulta procedente el otorgamiento del beneficio de alimentación a los servidores públicos, ni su financiamiento total o parcial, con cargo al presupuesto institucional, por cuanto no existe fundamento jurídico que lo permita, por lo que se entiende que lo que se dispone en dicho número constituye un sistema voluntario que permite a dicho personal adquirir alimentos por intermedio de un convenio con el proveedor, y que su pago se hará a través del posterior descuento de remuneraciones, o que la colación se otorgará a través del respectivo servicio de bienestar, de acuerdo con su normativa reguladora. Con los alcances que anteceden se ha tomado razón del acto administrativo de la suma. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República