Dictamen CGR

Dictamen N° 75670/2010

2010-12-16 · Previsión y seguridad social de funcionarios · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Sobre reliquidación de la indemnización establecida en la letra b) del artículo 44 del decreto con fuerza de ley N° 2252 de 1957, del Ministerio de Hacienda, respecto de ex funcionario del Banco del Estado

N° 75.670 Fecha: 16-XII-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Pedro Toledo Irribarra, ex funcionario del Banco del Estado de Chile, para solicitar la reliquidación de la indemnización contemplada en la letra b) del artículo 44 del D.F.L. N° 2.252, de 1957, del Ministerio de Hacienda, tomando en consideración los períodos que éste habría servido en dicha empresa bancaria. Requerido al efecto, el Instituto de Previsión Social manifestó, en síntesis, que la situación previsional del interesado se encuentra en vías de regularización, por cuanto para determinar la procedencia de la reliquidación que reclama, y salvo mejor parecer de la Superintendencia de Pensiones, se solicitó al Departamento de Recursos Humanos del Banco del Estado de Chile que indique si durante el período comprendido entre el 16 de enero de 1969 y el 24 de octubre de 1973, el recurrente efectuó los aportes al correspondiente fondo de indemnización, que le permitirían reliquidar su beneficio en la forma solicitada. Junto con poner en conocimiento del recurrente la información que antecede, de la que se desprende que su situación previsional se encuentra en proceso de regularización, se ha estimado del caso hacer presente que, en la medida que ello sea procedente, el Instituto de Previsión Social deberá dar cumplimiento a lo dispuesto por este Organismo de Control en su dictamen N° 70.480, de 2009, que se refiere al cálculo de la indemnización en comento. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

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