Dictamen N° 75908/2015
N° 75.908 Fecha: 23-IX-2015 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso a la resolución del epígrafe, mediante la cual se aprueba el convenio que indica, por cuanto no se ajusta a derecho. En efecto, cabe señalar que de los antecedentes acompañados no se advierte que quien suscribe el contrato en representación del proveedor tenga poder suficiente para ello. Además, el objeto del contrato no corresponde a lo establecido en el primer párrafo del convenio ni en el N° 3 de la cláusula quinta del acuerdo de voluntades, como en ellos se consigna. Finalmente, el organismo no dio cumplimiento al alcance de esta Contraloría General, que mediante el oficio N° 33.801, de 2015, dispuso que se aclararan determinadas regulaciones de las bases, a través del Sistema de Información de Compras y Contrataciones de la Administración. En consecuencia, se representa el acto administrativo del rubro. Saluda atentamente a Ud., Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante