Dictamen CGR

Dictamen N° 7679/2010

2010-02-10 · Función pública, carrera funcionaria y remuneraciones · general · Alterado
Sumario. Sobre derecho a percibir asignación profesional en relación con el diploma de Ingeniero en Alimentos, conferido por la Universidad de La Frontera
Superado por
Dictamen N° 6505/2011
Reconsidera parcialmente dictamen

N° 7.679 Fecha: 10-II-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas, para solicitar un pronunciamiento que determine si el diploma de Ingeniero en Alimentos, conferido por la Universidad de La Frontera a doña Marcia Lorena Jerez Zambrano, la habilita para percibir el beneficio de asignación profesional. Sobre el particular, cabe manifestar, en primer término, que el artículo 35 de la ley N° 18.962, Orgánica Constitucional de Enseñanza -cuya vigencia no ha sido alterada por la ley N° 20.370-, define al título profesional como el que se otorga a un egresado de un instituto profesional o de una universidad que ha aprobado un programa de estudios cuyo nivel y contenido le confieren una formación general y científica necesaria para un adecuado desempeño profesional. Enseguida, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3° del decreto ley N° 479, de 1974, modificado por el artículo 8° de la ley N° 19.699, el aludido beneficio económico favorece a los funcionarios que, entre otros requisitos, acrediten estar en posesión de un título profesional otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste, con un programa de estudios de un mínimo de seis semestres académicos y 3.200 horas de clases. Por consiguiente, considerando que este Órgano Fiscalizador no posee información que permita establecer el número de semestres y horas de clases de la referida carrera, corresponde que ese Servicio solicite a la interesada los antecedentes del diploma en cuestión, con el objeto de que se examine la procedencia del pago del aludido beneficio, en la medida, por cierto, que se reúnan las indicadas exigencias y los demás requisitos legales para ello, tal como lo ha señalado la jurisprudencia administrativa de este Ente de Control contenida, entre otros, en los dictámenes N os 69.486, de 2009 y 251, de 2010. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

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