Dictamen N° 77135/2010
N° 77.135 Fecha: 21-XII-2010 Esta Entidad de Control ha debido abstenerse de dar curso al decreto N° 285, de 2010, del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, que otorga la concesión marítima menor que indica, por cuanto no se ajusta a derecho. En efecto, de conformidad a lo que prescribe el artículo 16, inciso tercero del decreto N° 2, de 2005, del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Marina, que contiene el Reglamento sobre Concesiones Marítimas, la exención de la obligación de constituir la garantía a favor del Fisco por el uso de mejoras fiscales, debe autorizarse por razones fundadas, las que no se expresan en el acto en estudio. Por otra parte, cabe hacer presente que la inscripción fiscal del terreno de playa rola a fojas 51 N° 53 del Registro de Propiedad de 2000, del Conservador de Bienes Raíces de Castro, y no como se señala en el N° 2 del documento examinado. Asimismo, cumple con hacer presente que el decreto en análisis no señala para el Sector 2 - Tramo 2 y el Sector 3 - Tramo 1, el respectivo cuadro de vértices y medidas de distancias, antecedente que sí consta en el plano N° 124/10-S, adjunto al expediente administrativo. En mérito de lo anteriormente expuesto se representa el acto administrativo. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República