Dictamen N° 78650/2011
N° 78.650 Fecha:16-XII-2011 Esta Entidad de Control ha debido abstenerse de dar curso a la resolución N° 61, de 2011, del Servicio Nacional de Aduanas, Dirección Regional Metropolitana mediante el cual se autoriza la franquicia aduanera que indica, por cuanto no se ajusta a derecho. En efecto, cumple con advertir que de los antecedentes acompañados no consta que don Roberto Blueh Weglein, cuente con atribuciones para representar a la Fundación Laura Rodríguez en esta materia, como se señala en los Vistos de la resolución en estudio, debiendo acreditarse dicha circunstancia y dejarse constancia de ello en el expediente administrativo, acorde lo exige la resolución N° 943, de 2003, del Servicio Nacional de Aduanas (aplica criterio contenido en los dictámenes N°s. 39.780 y 57.474, de 2011). Conforme con lo expuesto, se le reitera a ese Servicio que debe verificar que el apoderado que comparezca firmando la solicitud actúe en representación del interesado en los términos del artículo 22 de la ley N° 19.880, antes de remitir el expediente administrativo a esta Contraloría General. En mérito de lo anteriormente expuesto, se representa el acto administrativo en estudio. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante