Dictamen N° 79409/2016
N° 79.409 Fecha: 28-X-2016 Esta Entidad de Control ha dado curso al documento del rubro que adjudica la licitación pública que indica para la adquisición de chalecos de tránsito con las características y en los términos que se señalan, por cuanto se ajusta a derecho. No obstante, cumple con hacer presente que esa institución no dio cabal cumplimiento al alcance que esta Entidad Fiscalizadora efectuó, a través del dictamen N° 33.801, de 2015, al acto administrativo que aprobó las bases administrativas que rigieron el proceso licitatorio, pues no efectuó las precisiones y aclaraciones requeridas antes del cierre del plazo establecido para la recepción de las ofertas. Cabe añadir que dado que una de las observaciones decía relación con la garantía de seriedad de la oferta, que según el N° 3.6.1 del pliego de condiciones debía presentarse hasta el día de cierre del plazo para presentar ofertas, resulta extemporáneo que la respectiva aclaración se incorpore en el resuelvo N° II del acto en estudio. En todo caso, de los antecedentes tenidos a la vista fluye que lo anterior no afectó el resultado de la adjudicación del oferente mejor evaluado, sin perjuicio de lo cual esa entidad deberá velar para que se dé cumplimiento a los alcance efectuados por este Órgano Contralor, los que resultan obligatorios para la Administración. Por otra parte, es preciso anotar que el valor de los bienes a adquirir asciende a la suma de doscientos noventa y seis millones cincuenta y tres mil quinientos cincuenta y cinco pesos, y no como se estipula en letras en el resuelvo N° I del instrumento en análisis. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón de la resolución del epígrafe. Saluda atentamente a Ud. Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República