Dictamen CGR

Dictamen N° 79661/2011

2011-12-21 · Obras públicas y concesiones · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Sobre pago de mayores gastos generales asociados a tiempo necesario para realizar reparaciones solicitadas por la correspondiente comisión de recepción provisoria de la obra "Construcción Centro Penitenciario de Concepción"
Aplicado por
Dictamen N° 34478/2013
Aplica dictamen

N° 79.661 Fecha:22-XII-2011 La Contraloría Regional del Biobío ha remitido una presentación por la que don José Miguel Gálvez Busch, en representación, según expone, de Constructora CVV Ingetal S.A., requiere un pronunciamiento que determine la procedencia del pago de mayores gastos generales -por $ 243.700.011- asociados al tiempo que necesitó para efectuar las reparaciones solicitadas por la correspondiente comisión de recepción provisoria de la obra “Construcción Centro Penitenciario de Concepción” -cuya contratación, por trato directo, fue aprobada por la Dirección de Arquitectura, Región del Biobío, mediante su resolución N° 18, de 2008-, considerando que la ocupación de dicho recinto penitenciario por la población penal ocurrió en forma previa, el 28 de febrero de 2010, con motivo del sismo acaecido el día anterior. Además, solicita que se ordene el reembolso de los pagos por consumos de agua y luz efectuados con posterioridad a la indicada data, y por los trabajos de limpieza y desinfección en que debió incurrir con motivo de realizar las reparaciones consignadas en el acta de recepción. Sobre el particular y teniendo presente lo informado, a requerimiento de la aludida Contraloría Regional, por la mencionada Dirección de Arquitectura -que acompaña la opinión de la Fiscalía del Ministerio de Obras Públicas de la mencionada región, favorable a la reclamación- es menester precisar que en los N°s. 3, letra b), y 32, del convenio suscrito entre ésta y la señalada sociedad, se dispone que forma parte del mismo, el decreto N° 75, de 2004, del Ministerio de Obras Públicas, Reglamento de Contratos de Obras Públicas. Ahora bien, en la situación que se examina, y conforme a los antecedentes adjuntos, es dable advertir que las normas del indicado reglamento en virtud de las cuales el recurrente solicita el pago de los mayores gastos generales a que alude -artículos 145 y 146-, se refieren a situaciones diversas a la descrita en la presentación que se atiende, que dan lugar a aumentos de plazo del contrato dispuestos en virtud de las causales que se detallan. A lo anterior, es menester añadir que tampoco se advierte que el ordenamiento aplicable en la especie contemple el pago de algún tipo de indemnización por el tiempo que el contratista emplee para subsanar las observaciones que le formule la respectiva comisión de recepción. En mérito de lo expuesto, esta Entidad de Control no ha acogido la solicitud del interesado, en orden a que se establezca la procedencia del pago de los gastos generales que reclama, toda vez que la Administración no se encuentra normativamente habilitada para efectuarlos. Finalmente, en lo que concierne al reembolso de los pagos que debió realizar la empresa contratista por consumos de agua y luz efectuados con posterioridad a la ocupación de las obras, así como por los gastos de limpieza y desinfección de los recintos en que debió incurrir con motivo de concurrir a subsanar las observaciones formuladas por la comisión de recepción, esta Contraloría General estima que atendida la entrega anticipada del Centro Penitenciario resulta procedente acoger la petición del recurrente, debiendo, en todo caso, adjuntarse los antecedentes que justifiquen tales gastos, lo que deberá ser verificado por esa Dirección. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República