Dictamen N° 79920/2015
N° 79.920 Fecha: 07-X-2015 La Contraloría General ha dado curso a los decretos del rubro, que fijan fórmulas tarifarias de los servicios de producción y distribución de agua potable y recolección y disposición de aguas servidas para la Asociación de Vecinos Población Mirasol de Algarrobo, la Comunidad Balneario Brisas de Mirasol y la Corporación Balneario Algarrobo Norte -que habían sido representados mediante el oficio N° 45.945, de 2015, de este origen-, teniendo presente, en lo pertinente, lo señalado en la minuta de fecha 21 de septiembre de igual anualidad, y en el cronograma adjunto, remitidas por correo electrónico el día 22 del mismo mes, emanado de la División Jurídica del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo. Sin embargo, cumple con manifestar que la Superintendencia de Servicios Sanitarios, en coordinación con el Ministerio de Obras Públicas, en su caso, deberá arbitrar las medidas que sean necesarias con el objeto de subsanar los aspectos mencionados en el singularizado oficio, además de informar trimestralmente, y acorde con el citado cronograma, sobre el estado de avance de las mismas a la Subdivisión de Auditoría de la División de Infraestructura y Regulación de esta Entidad de Control, a la que se transcribe este oficio para efectos del ejercicio de sus atribuciones fiscalizadoras en relación con la materia. Por otra parte, y acerca de algunas afirmaciones que se realizan en la reseñada minuta, cabe recordar que el establecimiento, construcción y explotación de los servicios públicos de que se trata, sólo pueden desarrollarse por el concesionario, o bien, por aquel a quien se le haya transferido el derecho de explotación de la concesión, ello en conformidad con lo previsto en los artículos 7° y 32° de la Ley General de Servicios Sanitarios. Transcríbase a Superintendencia de Servicios Sanitarios, al Ministerio de Obras Públicas y a la aludida Subdivisión de Auditoría, para los fines indicados precedentemente. Saluda atentamente a Ud., Osvaldo Vargas Zincke Contralor General de la República Subrogante