Dictamen N° 80422/2010
N° 80.422 Fecha: 31-XII-2010 La Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo, solicita a esta Contraloría General un pronunciamiento respecto de la factibilidad de aplicar el inciso tercero del artículo 145 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones -aprobada por el decreto con fuerza de ley N° 458, de 1975, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo-, a viviendas acogidas al artículo 55, del mismo cuerpo legal, que se emplacen en un área rural normada por un instrumento de planificación territorial de nivel intercomunal o metropolitano. Sobre el particular, cumple esta Entidad de Fiscalización con señalar que, tal como lo ha expresado una reiterada jurisprudencia administrativa contenida, entre otros, en los dictámenes N°s 24.841, de 1974, 12.003, de 1990, 2.666, de 2008 y 60.683, de 2009, toda consulta que se dirija a este Organismo de Control debe venir acompañada de un informe jurídico fundado, expedido por la correspondiente fiscalía o asesoría jurídica del respectivo servicio, antecedente que, en la especie, se ha omitido, por lo que ha debido abstenerse de emitir el pronunciamiento solicitado. Por orden del Contralor General de la República Juan Carlos Lillo Valenzuela Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación