Dictamen CGR

Dictamen N° 80514/2010

2010-12-31 · Responsabilidad administrativa, sumarios y potestad disciplinaria · general · Vigente
Sumario. Sobre investigación sumaria instruida por la Municipalidad de Macul
Aplicado por
Dictamen N° 71215/2011
Aplica dictamen

N° 80.514 Fecha: 31-XII-2010 A través de su oficio N° 4.423, de 2010, el Alcalde de la Municipalidad de Macul se ha dirigido a esta Contraloría General, informando que se encuentra concluida la investigación sumaria instruida mediante el decreto N° 1.249, de 2010, la que fuera sobreseída en virtud del decreto N° 1.541, del mismo año, y remitiendo el respectivo expediente sumarial para su conocimiento. Como cuestión previa, es útil recordar que la citada investigación sumaria fue instruida a raíz de un requerimiento formulado en tal sentido por este Organismo de Control, luego que éste, tras efectuar en esa entidad edilicia una evaluación al sistema de control interno del Programa de Intervenciones Innovadoras para el Adulto Mayor, ejecutado por el Servicio Nacional del Adulto Mayor, determinara en su Informe Final N° 121, de 2010, que dicho municipio había utilizado parte de los $ 57.000.000 que ese servicio, en el marco del programa indicado, le había transferido para la construcción de una piscina temperada, en fines distintos. Precisado lo anterior, y en cuanto a la revisión del procedimiento sumarial de la especie, cumple con señalar que los documentos que conforman dicho expediente no aclaran el uso que la aludida municipalidad dio a parte del referido monto de dinero, en particular, respecto del período comprendido entre el 21 de diciembre de 2009 y el 9 de febrero del 2010. Asimismo, se aprecia una falta de congruencia entre lo declarado por el Director de Administración y Finanzas del municipio -fojas 61 y 62 del proceso-, en relación con la efectiva disponibilidad de los recursos durante todo el período en que estuvieron bajo la responsabilidad de la municipalidad y lo verificado en la cuenta corriente habilitada para el manejo de tales fondos. En consecuencia, y atendido que del examen que se ha realizado de los antecedentes del proceso sumarial en comento, se advierte que la investigación no se encuentra agotada, toda vez que no se aprecian elementos que permitan sustentar las conclusiones en que se fundamentó el sobreseimiento dispuesto a través del decreto N° 1.541, de 2010, cabe concluir que la Municipalidad de Macul deberá proceder a ordenar su reapertura, informando de ello a esta Entidad de Control, en el más breve plazo. Restitúyese a esa municipalidad el expediente sumarial acompañado. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República