Dictamen CGR

Dictamen N° 80752/2015

2015-10-09 · Probidad, transparencia e inhabilidades · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. No corresponde emitir pronunciamiento, por cuanto el reclamo del interesado fue conocido por los tribunales de justicia. No se advierten irregularidades ni ilegalidades que ameriten una investigación sumarial

N° 80.752 Fecha: 09-X-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Fernando Frías Cavada, abogado, reclamando que, a su juicio, la Superintendencia de Salud habría incumplido la normativa que la obliga a efectuar el pago de las licencias médicas rechazadas por la institución de salud previsional a la que se encuentra afiliado. Además pide que se determine la eventual responsabilidad administrativa de los involucrados en su situación. Al respecto, cabe señalar que el señor Frías Cavada interpuso una acción de protección ante la Corte de Apelaciones de Santiago, Rol N° 26.398, de 2015, basada en los mismos argumentos que expone en su presentación actual, la cual fue rechazada, entre otras consideraciones, porque la Superintendencia de Salud ha adoptado todas las medidas para dar una adecuada respuesta al recurrente. Sobre el particular, es pertinente indicar que esta Entidad de Control debe abstenerse de emitir el pronunciamiento solicitado, por cuanto en virtud del artículo 6°, inciso tercero, de la ley N° 10.336 y de lo sostenido, entre otros, por el dictamen N° 67.833, de 2015, de este origen, no le corresponde informar ni intervenir en asuntos resueltos por los Tribunales de Justicia. En virtud de lo expuesto, cumple con señalar que, en la especie, no se advierten irregularidades o contravenciones al ordenamiento legal que ameriten la investigación sumarial requerida por el interesado. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante

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