Dictamen N° 81641/2013
N° 81.641 Fecha: 11-XII-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Luis Esteban Pozo Vega, exalumno de la Escuela de Formación Policial de Carabineros de Chile, solicitando un pronunciamiento acerca de la legalidad de su baja de ese establecimiento educacional. Requerido su informe, la mencionada entidad manifestó, en síntesis, que el interesado fue desvinculado de ese plantel de enseñanza, a contar del 16 de octubre de 2011, determinación que en la instancia de apelación ante el Director Nacional de Orden y Seguridad, fue confirmada por éste. Sobre el particular, es dable anotar que el artículo 72, inciso segundo, del decreto N° 5.193, de 1959, del ex Ministerio del Interior, Reglamento de Selección y Ascensos, previene, en lo pertinente, que será causal de eliminación de los cursos de formación, el observar durante ellos conducta deficiente o inadecuada. En este sentido, en cuanto a que su expulsión no sería proporcional, pues otro alumno que habría incurrido en una conducta similar, fue sancionado con una medida de menor entidad, se debe señalar, acorde con el criterio del dictamen N° 59.775, de 2011, de este origen, que la ponderación de los antecedentes y la calificación de la gravedad de la falta cometida, que da lugar a la medida de que se trata, queda entregada a la superioridad de la aludida institución policial, pudiendo este Organismo Fiscalizador objetar la decisión adoptada si del examen de la documentación se aprecia alguna infracción al debido proceso, o bien, una determinación arbitraria, lo que no se advierte haya ocurrido en la especie. Por consiguiente, cabe concluir que la eliminación del señor Luis Esteban Pozo Vega del curso de formación de Carabineros de Chile, se ajustó a derecho. Transcríbase a Carabineros de Chile y a la Contraloría Regional de Arica y Parinacota. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República