Dictamen N° 81988/2021
N° E81988 Fecha: 02-III-2021 Esta Contraloría General no ha dado curso al instrumento del rubro, que autoriza el pago de la suma que indica a modo de indemnización en el marco de la licitación de la obra “Ampliación y mejoramiento Área Terminal Aeródromo Pichoy”, conforme al artículo 18 del decreto N° 108, de 2009, del Ministerio de Obras Públicas, que aprueba las Bases Administrativas Generales para Contratos de Ejecución de Obras por Sistema de Pago Contra Recepción. Lo anterior, por cuanto dicho precepto exige para la procedencia de la indemnización de que se trata, en lo que interesa, que el oferente respectivo haya cumplido “con todos los requisitos para ser adjudicable”, y que se haya desechado la totalidad de las ofertas “en virtud de lo previsto en el artículo 87 del Reglamento para Contratos de Obras Públicas”, circunstancias que no se advierte que concurran en la especie, si se considera lo planteado en el dictamen N° E35466, de 2020, que representó la adjudicación de la indicada licitación, y en la resolución exenta N° 5, del mismo año, de la Dirección General de Obras Públicas, que deja sin efecto tal adjudicación. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Osvaldo Vargas Zincke Jefe División de Infraestructura y Regulación