Dictamen N° 81994/2015
N° 81.994 Fecha: 15-X-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Raúl Alfonso Bustos Becker, funcionario de la Policía de Investigaciones de Chile, para reclamar en contra de la medida disciplinaria de separación que se le aplicó. Sobre el particular, cabe expresar, con arreglo a lo establecido en el artículo 53 del decreto N° 1, de 1982, del Ministerio de Defensa Nacional, Reglamento de Sumarios Administrativos e Investigaciones Sumarias, que en cuanto a la resolución del Director General que imponga, entre otras, la referida sanción, procederá el recurso ante este Organismo Fiscalizador, el que deberá interponerse ante la mencionada autoridad, dentro del plazo de diez días contado desde la notificación de aquel acto administrativo, la cual lo concederá siempre que se reúnan los aludidos requisitos, evento en el que ordenará el envío del expediente al Contralor General para que éste resuelva en definitiva. Pues bien, dado que, en la especie, la reclamación de que se trata, no fue deducida ante el señalado Director General y en los términos exigidos por la reseñada preceptiva, corresponde desestimar la presentación del recurrente, tal como ha sido resuelto para casos similares, en los dictámenes N os 37.268, de 2014 y 5.238, de 2015, de este origen. Transcríbase a la Contraloría Regional de La Araucanía. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante