Dictamen CGR

Dictamen N° 82366/2015

2015-10-16 · Procedimiento administrativo y actos administrativos · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. La Administración posee un plazo de dos años para invalidar sus actos contrarios a derecho

N° 82.366 Fecha: 16-X-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Raúl Alejandro Bustamante Llegues, abogado, en representación de doña Jessica del Carmen Garcés Molina, exfuncionaria de Carabineros de Chile, solicitando que se invalide la resolución que dejó sin efecto la reincorporación de su mandante a esa institución. Como cuestión previa, es útil recordar que atendiendo un requerimiento anterior de la afectada, esta Entidad Fiscalizadora, mediante su dictamen N o 98.005, de 2014, determinó, por las razones que en ese pronunciamiento se indicaron, que el actuar de ese organismo policial, en orden a regularizar la desvinculación de aquella, se ajustó a derecho. Ahora bien, se debe anotar que el artículo 53, inciso primero, de la ley N° 19.880, establece que se podrá, de oficio o a petición de parte, invalidar los actos contrarios a derecho, siempre que se haga dentro de los dos años contados desde su notificación o publicación, plazo que, acorde con lo informado en el dictamen N° 18.353, de 2009, de este origen, es de caducidad, de modo que no se interrumpe ni se suspende por la interposición de reclamos durante su vigencia. De esta manera, en el evento de haber concurrido una causal que hubiese permitido dejar sin efecto el instrumento a través del cual se invalidó la reincorporación de su mandante a Carabineros de Chile -el que, según consta en la documentación acompañada por la interesada en su presentación anterior, le fue comunicado con fecha 10 de septiembre de 2013-, la petición del señor Bustamante Llegues en tal sentido, de fecha 22 de septiembre de 2015, es extemporánea pues ha transcurrido el aludido lapso. Transcríbase a Carabineros de Chile. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante

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