Dictamen CGR

Dictamen N° 83501/2013

2013-12-19 · Procedimiento administrativo y actos administrativos · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Deja sin efecto el oficio N° 77.562, de 2013, de este origen, que restituyó el decreto N° 682, de 2013, de la Municipalidad de Cerillos, que aprueba el contrato de trabajo que indica

N° 83.501 Fecha: 19-XII-2013 Mediante el oficio N° 77.562, de 2013, esta Contraloría General se abstuvo de registrar el decreto N° 682, del mismo año, de la Municipalidad de Cerrillos -que aprueba el contrato de trabajo del señor José Rojas Ponce-, en cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 38, letra f), de la ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de esta Entidad Fiscalizadora, ya que a través de su similar N° 75, de 2004, la Municipalidad de Curacavi dispuso la aplicación de la medida disciplinaria de destitución a la persona ya individualizada, sin que se acreditara que a su respecto se hubiese emitido el correspondiente acto administrativo de rehabilitación. Sobre el particular, es dable señalar que este Organismo de Control, en virtud del oficio N° 60.108, de 2004, observó el anotado decreto N° 75, de igual anualidad, puesto que no constaba la notificación legal de la aludida sanción administrativa al afectado, por lo que ordenó a la Municipalidad de Curacaví arbitrar las acciones tendientes a subsanar dicha omisión. Ahora bien, no existiendo constancia que dicha entidad haya subsanado la omisión de notificación, corresponde revisar la decisión adoptada. Así entonces, y considerando que la jurisprudencia administrativa contenida, entre otros, en el dictamen N° 13.246, de 2011, ha concluido que la inhabilidad que afecta a un funcionario destituido para cumplir labores en el ámbito municipal, opera solo a contar de la fecha en que se notifica el decreto que impone esa medida expulsiva, circunstancia esta última que de acuerdo a los antecedentes de que dispone este Ente Contralor no ha acontecido a la presente data, se ha estimado pertinente dejar sin efecto el mencionado oficio N° 77.562, de 2013. Por consiguiente, la Municipalidad de Cerrillos deberá reenviar a trámite de registro el aludido decreto N° 682, de 2013. Transcríbase a la Unidad de Registro de la División de Municipalidades de esta Contraloría General. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante

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