Dictamen CGR

Dictamen N° 84476/2013

2013-12-26 · Función pública, carrera funcionaria y remuneraciones · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Carabineros de Chile ordenó el pago del bono de permanencia, de modo que la situación reclamada se encuentra solucionada, bonificación establecida en el artículo 19 de la ley N° 15.386, debe solicitarse en servicio activo

N° 84.476 Fecha:26-XII-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Jorge Alberto Cortés Ibarra, exfuncionario de Carabineros de Chile, solicitando el pago del bono de permanencia, contemplado en el artículo 5° transitorio de la ley N° 19.941. Al respecto, es pertinente señalar, de acuerdo con los nuevos antecedentes aportados por el interesado, que la Prefectura Aconcagua dispuso el entero del aludido estipendio, por lo que este Organismo Fiscalizador entiende que la situación planteada se encuentra solucionada. Por su parte, en cuanto al otorgamiento de la bonificación establecida en la ley N° 15.386, es dable expresar que el artículo 19 de ese ordenamiento, previene que al imponente que reúna los requisitos para percibir pensión con sueldo base íntegro, y que continúe en servicio, se le incrementará su remuneración con este emolumento, en los porcentajes que tal precepto indica En este sentido, resulta útil destacar, acorde con el criterio contenido en el dictamen N° 21.661, de 2013, de este origen, que para acceder al beneficio en comento, la respectiva petición debe formularse mientras se tiene la calidad de funcionario, lo que, en la documentación tenida a la vista y según lo informado por Carabineros de Chile, no ocurrió, por lo que cabe concluir que el señor Cortés Ibarra no tiene derecho a recibir el estipendio que reclama. Transcríbase a Carabineros de Chile, devolviéndole el expediente previsional acompañado. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

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