Dictamen CGR

Dictamen N° 84715/2016

2016-11-23 · Obras públicas y concesiones · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Desestima reclamo sobre dilación injustificada de solicitud de renovación de concesión marítima. Subsecretaría para las Fuerzas Armadas es el organismo competente para pronunciarse en dicha renovación

N° 84.715 Fecha: 23-XI-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General, don José Raúl Kamisato González, para reclamar en contra de la actuación de la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, en relación con la dilación en que habría incurrido, al tramitar la solicitud de renovación de la concesión marítima de que goza, en virtud del decreto N° 23 de 2003, del Ministerio de Defensa Nacional. El reclamante manifiesta que pese a haber acompañado la totalidad de los antecedentes requeridos para obtenerla, el trámite se ha prolongado por más se seis años, sin que hasta la fecha haya concluido. Requerida de informe, la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas efectúa una relación de los trámites que inciden en la concesión antes referida, haciendo presente que la solicitud de renovación se encuentra pendiente, acompañando el pronunciamiento de la Comisión Regional de Uso de Borde Costero de Arica y Parinacota. En similar tenor se pronunció la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante. Por su parte la Dirección Nacional de Obras Portuarias -a la que se le solicitó informe en atención a su oposición a que se renueve la concesión de que se trata-, indica que carece de competencia para pronunciarse en relación con la solicitud de renovación planteada. Sobre el particular, cabe manifestar que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2° del decreto con fuerza de ley N° 340, de 1960, del Ministerio de Hacienda, sobre Concesiones Marítimas, la facultad de conceder el uso a los particulares, de los sectores que se señalan, corresponde privativamente al Ministerio de Defensa Nacional. A su vez, el inciso primero del artículo 28 del decreto N° 2, de 2005, del Ministerio de Defensa Nacional, Reglamento sobre Concesiones Marítimas, dispone que la solicitud de renovación de una concesión debe presentarse antes de su vencimiento, al respectivo capitán de puerto, quien deberá dirigirla a la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, con todos los antecedentes que se requieren. De los antecedentes examinados se constata que por decreto N° 23, de 2003, del Ministerio de Defensa Nacional, se otorgó una concesión marítima sobre un sector de playa, en Arica, a don José Kamisato González. Dicho acto fue modificado por el decreto N° 299, de 2004, de esa misma secretaría de Estado. En relación con la concesión antes referida, esta Contraloría General, por oficio N° 43.071, de 2011, representó el decreto N° 336 de esa misma anualidad, por el que se declaraba la caducidad de la referida concesión. Luego, por medio del dictamen N° 21.652, de 2014, esta Entidad se pronunció reconociendo la existencia de circunstancias constitutivas de fuerza mayor, las cuales impidieron que el titular presentara la solicitud de renovación dentro del plazo requerido para tal efecto. En consideración a lo anterior, consta que la solicitud de renovación fue ingresada, finalmente, el 22 de enero de 2015, encontrándose la misma en trámite, y en estudio de los antecedentes por parte de la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas. De lo anterior se desprende que durante el tiempo transcurrido se han realizado gestiones que han sido necesarias en el proceso administrativo, sin que se advierta la dilación injustificada a que alude el requirente. Sin perjuicio de lo anterior, debe señalarse que existiendo una tramitación pendiente, en cuanto a la solicitud de renovación de la concesión en cuestión, ante la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, corresponde que primero se pronuncie la Administración sobre su requerimiento, sin perjuicio de las facultades de control que este organismo fiscalizador pueda ejercer sobre esa decisión. Transcríbase a la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, a la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante Nacional y a la Dirección Nacional de Obras Portuarias. Saluda atentamente a Ud. Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República

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