Dictamen CGR

Dictamen N° 8472/2015

2015-01-30 · Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Recurrente no tiene derecho al “bono de riesgo” que reclama, ya que no se advierte cuerpo legal que conceda dicho beneficio

N° 8.472 Fecha: 30-I-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Jorge Araya Roblero, quien se desempeñó en la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile sujeto a las disposiciones de la ley N° 18.834, solicitando el pago de un “bono de riesgo” en razón de las labores que ejecutó en esa institución. Requerido de informe, el citado organismo manifestó, en síntesis, que la normativa que lo rige, no contempla el estipendio que señala el recurrente. Sobre el particular, cabe destacar que de conformidad con lo previsto en los artículos 63, N° 14, y 65, inciso cuarto, N° 4, de la Constitución Política, y en armonía con el criterio sostenido por los dictámenes N os 32.645 y 84.175, ambos de 2013, de este Órgano de Control, el otorgamiento y la modificación de cualquier clase de remuneraciones al personal de la Administración del Estado, es materia de ley de iniciativa exclusiva del Presidente de la República. En consecuencia, dado que no se observa disposición legal que establezca un “bono por riesgo”, en los términos indicados por el interesado, es dable colegir que no corresponde el pago que pretende. Transcríbase a la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile. Saluda atentamente a Ud. Osvaldo Vargas Zincke Contralor General de la República Subrogante

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