Dictamen N° 85279/2013
N° 85.279 Fecha: 30-XII-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Edgardo Navarrete Sepúlveda, funcionario del Hospital Psiquiátrico El Peral, dependiente del Servicio de Salud Metropolitano Sur, para reclamar el pago de las diferencias que, a su juicio, le correspondería por concepto de la asignación prevista en el artículo 1° de la ley N° 19.490, que se le debió otorgar tras ser ascendida en el año que indica. Requeridos sus informes, ambos organismos manifestaron, en síntesis, que la situación de que se trata se regularizaría en el mes de noviembre de 2013. Sobre el particular, cabe recordar que el citado precepto, concedió el aludido estipendio al personal que menciona, y que se calcula aplicando los porcentajes que detalla en la suma mensual del sueldo base del grado en que esté nombrado o contratado el trabajador al momento en que quede ejecutoriada su evaluación. Al respecto, la jurisprudencia administrativa de este Organismo de Control ha señalado, en los dictámenes N os 68.686, de 2011 y 2.525, de 2013, entre otros, que en caso de producirse el ascenso a contar de una data anterior al afinamiento del proceso calificatorio, el beneficio económico en comento debe determinarse en relación con el nuevo grado del servidor. Ahora bien, atendido lo informado por las instituciones respectivas, esta Entidad Fiscalizadora entiende que la situación reclamada se encontraría superada. Sin perjuicio de lo expuesto, se ha estimado necesario hacer presente que, según dispone el artículo 99 de la ley N° 18.834, el derecho al cobro de las asignaciones que indica el artículo 98 de ese cuerpo normativo, entre ellas, las contenidas en leyes especiales, como ocurre con el emolumento en cuestión, prescribe en seis meses contados desde la fecha en que se hizo exigible, lo que deberá ser considerado al momento de realizar el pago que proceda. Transcríbase al Hospital Psiquiátrico El Peral y al Servicio de Salud Metropolitano Sur. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República