Dictamen CGR

Dictamen N° 85770/2015

2015-10-29 · Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Funcionario de Carabineros de Chile que luego de su cese, vuelve al lugar en que residía, no tiene derecho al pago de un mes de remuneraciones
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Dictamen N° 37538/2017
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N° 85.770 Fecha: 29-X-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Iván Leoncio Jara Osorio, exfuncionario de Carabineros de Chile, solicitando el pago de la asignación por cambio de residencia que le asistiría tras haber cesado en su desempeño en la ciudad de Punta Arenas, retornando a su domicilio de origen en la ciudad de Santiago, el que, en opinión de esa entidad, no sería procedente. Al respecto, es dable anotar, acorde con lo prescrito en el artículo 98, letra d), de la ley N° 18.834 -aplicable en virtud de lo establecido en el artículo 46, letra e), del decreto con fuerza de ley N° 2, de 1968, del ex Ministerio del Interior, Estatuto del Personal de esa institución policial-, que el emolumento en examen, se concede al servidor que para asumir el cargo, o cumplir una destinación, se vea obligado a modificar su residencia habitual, y al que una vez terminadas sus labores vuelva al lugar en que residía antes de ser nombrado, el que comprenderá una suma equivalente a un mes de remuneraciones correspondientes al nuevo empleo; pasajes para él y quienes le acompañen, siempre que por estas perciba asignación familiar, y flete para el menaje y efectos personales hasta por un mil kilogramos de equipaje y diez mil de carga. La misma disposición en estudio agrega, en su inciso final, que los servidores que cesan solo tendrán derecho a los dos últimos beneficios indicados precedentemente. De esta manera, cabe concluir, en armonía con lo informado en el dictamen No 62.587, de 2015, de este Organismo Fiscalizador, entre otros, que al señor Jara Osorio, en consideración a su desvinculación, le corresponde el pago de pasajes para él y quiénes le acompañen -con las limitaciones señaladas-, y flete para el menaje y efectos personales, sin derecho a percibir el entero de un mes de remuneraciones que pretende. Transcríbase a Carabineros de Chile. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante

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