Dictamen CGR

Dictamen N° 62587/2015

2015-08-06 · Función pública, carrera funcionaria y remuneraciones · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Funcionario de Carabineros de Chile que luego de su cese, vuelve al lugar en que residía, no tiene derecho al pago de un mes de remuneraciones
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Dictamen N° 65036/2016
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Dictamen N° 85770/2015
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N° 62.587 Fecha: 06-VIII-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Luis González Flores, exfuncionario de Carabineros de Chile, solicitando el pago de la asignación por cambio de residencia que le asistiría tras haber cesado en su desempeño en la ciudad de Punta Arenas, retornando a su domicilio de origen en la ciudad de Valparaíso, el que, en opinión de esa entidad, no sería procedente. Al respecto, es dable anotar, acorde con lo prescrito en el artículo 98, letra d), de la ley N° 18.834 -aplicable en virtud de lo establecido en el artículo 46, letra e), del decreto con fuerza de ley N° 2, de 1968, del ex Ministerio del Interior, Estatuto del Personal de esa institución policial-, que el emolumento en examen, se concede al servidor que para asumir el cargo, o cumplir una destinación, se vea obligado a modificar su residencia habitual, y al que una vez terminadas sus labores vuelva al lugar en que residía antes de ser nombrado, añadiendo que este estipendio comprenderá una suma equivalente a un mes de remuneraciones correspondientes al nuevo empleo; pasajes para él y quienes le acompañen, siempre que por éstas perciba asignación familiar, y flete para el menaje y efectos personales hasta por un mil kilogramos de equipaje y diez mil de carga. La misma disposición en análisis agrega, en su inciso final, que los empleados que cesan sólo tendrán derecho a los dos últimos beneficios indicados precedentemente. De esta manera, cabe concluir, en armonía con lo informado en el dictamen N° 74.561, de 2011, de este Organismo Fiscalizador, entre otros, que al señor González Flores, en consideración a su desvinculación, le corresponde el pago de pasajes para él y quiénes le acompañen -con las limitaciones señaladas-, y flete para el menaje y efectos personales, sin derecho a percibir el entero de un mes de remuneraciones que pretende. Transcríbase a Carabineros de Chile. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante

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