Dictamen N° 86017/2016
N° 86.017 Fecha: 28-XI-2016 Esta Contraloría General ha dado curso al acto administrativo del epígrafe, que aprueba el contrato celebrado mediante trato directo con la Pontificia Universidad Católica de Chile, por cuanto se ajusta a derecho. No obstante, en lo sucesivo, los acuerdos de voluntades como el de la especie, deben suscribirse y aprobarse oportunamente, toda vez que, en este caso, el contrato fue celebrado el 30 de julio de 2015, pero el convenio empezó a regir a contar del 1 de enero de esa anualidad y la resolución aprobatoria se dictó el 22 de octubre de ese mismo año (aplica criterio de dictámenes N°s. 70.062, 78.977 y 79.621, todos de 2015). Además, es necesario hacer presente a esa superioridad que la resolución del rubro ha sido remitida para su toma de razón con evidente retraso, toda vez que luego de su representación en enero de 2016, fue reingresada a este Órgano Fiscalizador en abril de este año y posteriormente retirada, reingresando por tercera vez recién en el mes de septiembre de esta anualidad (aplica dictamen N° 75.366, de 2016). Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del acto administrativo señalado. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República