Dictamen N° 86592/2016
N ° 86.592 Fecha: 30-XI-2016 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso al documento del rubro, que deja sin efecto las resoluciones que señala -previamente representadas por los oficios N os 8.897 y 54.683, ambos de 2016, de este origen- y aprueba el pago de la suma que indica, por concepto de indemnización de gastos generales en relación al contrato "Construcción de nuevos pozos en sector Llay Llay, valle del Aconcagua, región de Valparaíso", por cuanto no fueron subsanadas en su totalidad las observaciones formuladas mediante el oficio N o 54.683, del 2016, de este origen. En efecto, en cuanto a la determinación del plazo indemnizable asociado al atraso en la constitución de una servidumbre, es dable agregar que se acompañan antecedentes que no permiten superar la discordancia de fechas respecto de la finalización de las pruebas de bombeo -30 de diciembre de 2013- y la indicada en el programa de trabajo -6 de enero de 2014-. Es así como se acompaña una copia del protocolo, sin firma, “prueba de bombeo”, concerniente al pozo 61, en que se deja constancia del inicio de las labores el 30 de diciembre de 2013, data que no se concilia con las fechas anotadas en el punto 2.4 del acuerdo. En lo referente, a la observación relativa a la base de cálculo, sin perjuicio de haberse descontado el monto representativo de los gastos generales, utilidades e IVA, resulta improcedente que no se haya utilizado como base de cálculo el valor total de la propuesta, conforme a lo señalado en el artículo 147, en relación con el N° 26) del artículo 4, ambos del Reglamento para Contratos de Obras Públicas, aprobado por el decreto Nº 75, de 2004, del Ministerio de Obras Públicas. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación