Dictamen CGR

Dictamen N° 86651/2014

2014-11-07 · Contratación pública, licitaciones y compras · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Cursa con alcances las resoluciones N°s 142, 143, 144, 145 y 146, todas de 2014 de la Oficina Nacional de Emergencia

N° 86.651 Fecha: 07-XI-2014  Esta Entidad de Control ha dado curso a las resoluciones de la suma, que autorizan la regularización de los tratos directos y aprueban los contratos que indican, para afrontar la catástrofe del incendio forestal que afectó a Valparaíso ocurrido el 12 de abril del presente año. Sobre el particular, esta Contraloría General entiende que, por las circunstancias excepcionales ocasionadas por el referido hecho, ese Servicio consideró la aceptación de la pertinente orden de compra por parte del proveedor, como suficiente perfeccionamiento del acuerdo de voluntades a que dio origen. Sin embargo, en lo sucesivo, esa entidad deberá tener en cuenta que acorde con lo indicado por este Organismo Fiscalizador, entre otros, en sus dictámenes N°s. 15.554, de 2010, 24.397, de 2011 y 73.027, de 2014, las adquisiciones mayores a 100 U.T.M., como ocurre en la especie, deben necesariamente formalizarse a través de la suscripción de un contrato de compraventa, el que se entenderá vigente una vez aprobado a través de un acto administrativo debidamente tramitado, a partir de lo cual la entidad pública está en condiciones de emitir una ‘orden de compra’, conforme a lo establecido en el artículo 63, en relación con el inciso final del artículo 65, ambos del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el reglamento de la ley N° 19.886. Lo expresado, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 7°, inciso primero, letra d), numeral 3, en relación con el inciso segundo de la misma disposición, del decreto ley N° 369, de 1974 -que Crea la Oficina Nacional de Emergencia, Dependiente del Ministerio del Interior-, que facultan a su Director para llevar a efecto de inmediato los actos y contratos que directamente celebre para atender las necesidades de abastecimiento y auxilio, lo que no obsta a que posteriormente se cumpla el trámite de toma de razón de las resoluciones respectivas, las que deberán enviarse a esta Contraloría General dentro de los 30 días siguientes a su dictación. Finalmente, respecto de la resolución N° 142, de 2014, cumple con precisar que el precio del contrato es de ciento ochenta y seis millones trescientos cincuenta y dos mil novecientos veintinueve pesos y no como se indica, en palabras, en el N° 2 de su parte resolutiva. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón de los actos administrativos del epígrafe. Saluda atentamente a Ud., Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante

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