Dictamen N° 73027/2014
N° 73.027 Fecha: 23-IX-2014 Esta Entidad de Control ha dado curso a la resolución N° 119, de 2014, de la Oficina Nacional de Emergencia, que autoriza la regularización de trato directo y aprueba contrato que indica para la adquisición y traslado de 200 viviendas de emergencia y demás bienes que señala para afrontar la catástrofe del incendio forestal que afectó a Valparaíso ocurrido el 12 de abril del presente año. Sobre el particular, esta Contraloría General entiende que, por las circunstancias excepcionales ocasionadas por el referido hecho, ese Servicio consideró la aceptación de la pertinente orden de compra por parte del proveedor como suficiente perfeccionamiento del acuerdo de voluntades a que dio origen. Sin embargo, en lo sucesivo, esa entidad deberá tener en cuenta que acorde con lo indicado por este Organismo Fiscalizador, entre otros, en sus dictámenes N°s. 15.554, de 2010 y 24.397, de 2011, la presente adquisición al ser mayor a 100 U.T.M. y al no haber existido bases de licitación que dispusieran lo contrario, deben necesariamente formalizarse a través de la suscripción de un contrato de compraventa, el que se entenderá vigente una vez aprobado a través de un acto administrativo debidamente tramitado, a partir de lo cual la entidad pública está en condiciones de emitir una ‘orden de compra’, conforme a lo establecido en el artículo 63, en relación con el inciso final del artículo 65, ambos del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el reglamento de la ley N° 19.886. Lo expresado, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 7°, inciso primero, letra d), numeral 3, en relación con el inciso segundo de la misma disposición, del decreto ley N° 369, de 1974 -que Crea la Oficina Nacional de Emergencia, Dependiente del Ministerio del Interior-, que facultan al Director de la ONEMI para llevar a efecto de inmediato los actos y contratos que directamente celebre para atender las necesidades de abastecimiento y auxilio, lo que no obsta a que posteriormente se cumpla el trámite de toma de razón de las resoluciones respectivas, las que deberán enviarse a esta Contraloría General dentro de los 30 días siguientes a su dictación. Con el alcance que antecede, se ha tomado razón del acto administrativo. Saluda atentamente a Ud., Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República