Dictamen N° 86774/2015
N° 86.774 Fecha: 02-XI-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Patricio Raffo Guzmán, director de administración y finanzas de la Municipalidad de Quilicura, reclamando, por las razones que indica, respecto de su proceso evaluatorio correspondiente al año 2011-2012, al término del cual quedó ubicado en lista 3. Sobre el particular, cabe recordar que los artículos 47 y 156, inciso primero, de la ley N° 18.883, disponen que el plazo que tienen los servidores regidos por tal cuerpo legal para interponer el recurso especial de reclamación ante esta Entidad Fiscalizadora es de diez días hábiles, contado desde la notificación del acto mediante el cual el alcalde se pronuncia acerca de la apelación de las calificaciones. Siendo así, el aludido funcionario solo puede formular tal reclamación una vez que haya sido notificado del resultado de su apelación, lo que según el mismo indica, no ha ocurrido en la especie, resultando extemporáneo requerir un pronunciamiento a este Organismo de Control, en esta oportunidad (aplica criterio contenido en dictamen N° 45.070, de 2009). En consecuencia, corresponde desestimar por extemporánea la presentación del interesado respecto de su proceso calificatorio. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante