Dictamen N° 8725/2011
N° 8.725 Fecha: 10-II-2011 Se han dirigido a esta Contraloría General doña Verónica Carrasco Henríquez, y doña María Werches Corral, ambas funcionarias de la Municipalidad de Melipilla, haciendo presente una serie de irregularidades, que a su juicio, fueron cometidas en su contra con ocasión de un sumario administrativo al que hacen referencia, el que aún no estaría afinado al momento de presentar esta reclamación, por cuanto se encontraba pendiente el plazo para interponer recurso de reposición en dicho procedimiento disciplinario, según ellas mismas exponen. Sobre el particular, cumple con señalar que en el evento que resulten afectadas por la aplicación de una medida disciplinaria, como consecuencia de las actuaciones investigadas en el referido proceso y consideran que éste adolece de vicios de legalidad, pueden interponer, ante esta Entidad Fiscalizadora, el recurso especial de reclamación contemplado en el artículo 156 de la ley N° 18.883, Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales, dentro del plazo de diez días hábiles, contado desde que se les notifique el decreto de término. Por consiguiente, en mérito de lo precedentemente expuesto, no cabe sino desestimar el reclamo del recurrente, por no ser ésta la oportunidad para deducirlo. Osvaldo Vargas Zincke Contralor General de la República Subrogante