Dictamen CGR

Dictamen N° 89136/2015

2015-11-10 · Responsabilidad administrativa, sumarios y potestad disciplinaria · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Representa resolución N° 9.436, de 2015, del Comando de Apoyo a la Fuerza del Ejército

N° 89.136 Fecha: 10-XI-2015 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso a la resolución N° 9.436, de 2015, del Comando de Apoyo a la Fuerza del Ejército, que afina la investigación sumaria administrativa ordenada instruir como consecuencia del Informe Final N° 65, de 2013, de este origen, para determinar las eventuales responsabilidades disciplinarias que pudieren afectar a los funcionarios de ese organismo castrense que no proporcionaron a esta Entidad de Control información veraz relativa a una licitación para la adquisición del material que se indica, ni obtuvieron oportunamente la garantía de fiel cumplimiento de las obligaciones emanadas de la pertinente contratación. Al respecto, cabe expresar, acorde con el criterio contenido en el dictamen N° 15.364, de 2011, de esta procedencia, que si bien a este Órgano Fiscalizador le corresponde velar por la observancia de las normas que aseguren el respeto al principio del debido proceso, en dicho ejercicio no sustituye a la Administración activa en la ponderación de las probanzas destinadas a establecer un juicio sobre la responsabilidad administrativa de el o los inculpados; no obstante ello, puede representar lo actuado si advierte la existencia de una ilegalidad o arbitrariedad en su tramitación y conclusión, lo que ocurre en la especie. En efecto, de conformidad con lo previsto en el artículo 33, inciso primero, del decreto N° 1.445, de 1951, del Ministerio de Defensa Nacional, Reglamento de Disciplina para las Fuerzas Armadas, los superiores con facultades disciplinarias castigarán las faltas cometidas, lo que no sucedió en la situación del señor Carlos Frez Ramírez, quien emitió el documento acompañado a fojas 639 del expediente, en el cual manifestó que no existía constancia de la recepción de la boleta de garantía que indica, instrumento, ese último, que en el informe elaborado por el Comandante de Apoyo a la Fuerza, agregado de fojas 45 a 60 de la indagación en examen, se señala que fue entregado por la empresa Soltam System Ltda., y remitido a la Tesorería del Ejército, sin que se determinara la posible responsabilidad administrativa que pudiera afectar al mencionado servidor, derivada del hecho descrito. En mérito de lo señalado, se representa la resolución N° 9.436, de 2015, del Comando de Apoyo a la Fuerza del Ejército, con el fin de que esa jefatura ordene la reapertura de la investigación sumaria administrativa de que se trata, y según un nuevo análisis de los sucesos indagados en tal procedimiento, establezca la responsabilidad administrativa que corresponda, para lo cual tendrá que dictar el acto administrativo pertinente y remitir una copia a la Unidad de Seguimiento de la Fiscalía de esta Contraloría General, dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la recepción de este oficio. Transcríbase a la Unidad de Seguimiento de la Fiscalía de esta Entidad Fiscalizadora. Saluda atentamente a Ud. Osvaldo Vargas Zincke Contralor General de la República Subrogante

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