Dictamen N° 89268/2016
N° 89.268 Fecha: 12-XII-2016 Se ha dirigido nuevamente a esta Contraloría General el señor Juan Olivares Alfaro, reclamando por las supuestas irregularidades cometidas por la administradora de fondos de pensiones que indica y que no habrían sido fiscalizadas por la Superintendencia de Pensiones. Asimismo, la Coordinadora del Área Social de la Dirección de Gestión y Correspondencia de la Presidencia de la República ha remitido una presentación que le formulara el recurrente sobre la misma materia. Sobre el particular, y en concordancia con lo informado al interesado a través de los dictámenes N°s. 99.291, de 2014 y 64.625, de 2015, de este origen, cumple con hacer presente que de los antecedentes tenidos a la vista no se advierte que las actuaciones de dicha Superintendencia hayan incurrido en infracciones procedimentales que ameriten un pronunciamiento de este Organismo Contralor. Por lo tanto, cabe reiterar, de acuerdo a lo dispuesto por los artículos 47 y 48 de la ley N° 20.255, que el asunto reclamado se encuentra en la esfera de competencias de la mencionada Superintendencia, ante la cual el interesado debe dirigirse para estos efectos. En consecuencia, no procede que este Órgano de Control se pronuncie sobre el asunto requerido, por cuanto carece de atribuciones sobre la materia. Transcríbase a la Superintendencia de Pensiones y a la Coordinadora del Área Social de la Dirección de Gestión y Correspondencia de la Presidencia de la República. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Alejandro Riquelme Montecinos Jefe Subrogante División de Personal de la Administración del Estado