Dictamen CGR

Dictamen N° 91016/2016

2016-12-20 · Responsabilidad administrativa, sumarios y potestad disciplinaria · municipal · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Desestima por extemporáneo reclamo en contra de la medida disciplinaria de destitución

N° 91.016 Fecha: 20-XII-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Pablo Olea Vega, exfuncionario de la Municipalidad de Paine, reclamando en contra del decreto alcaldicio N° 2.686, de 2016, que le aplicó la medida disciplinaria de destitución. Requerido al efecto el municipio remitió copia del decreto alcaldicio mediante el cual se le aplicó la señalada medida disciplinaria, junto con sus antecedentes sumariales. Sobre el particular, cabe recordar que, de acuerdo a lo indicado en el inciso primero del artículo 156 de la ley N° 18.883, los servidores pueden reclamar ante esta Entidad Fiscalizadora, cuando se hubieren producido vicios de legalidad que afectaren los derechos que les confiere ese cuerpo normativo, para cuyo efecto tendrán un plazo de diez días hábiles, contado desde que tuvieren conocimiento de la situación, resolución o actuación que dio lugar a la infracción que se alega. Pues bien, en la especie, de acuerdo a los antecedentes tenidos a la vista, consta que el señor Pablo Olea Vega, le fue comunicado el aludido decreto alcaldicio N° 2.686, de 2016, mediante carta certificada despachada por la oficina postal el 29 de julio de 2016, por lo que la notificación se entiende practicada -conforme al inciso final del artículo 129 de la ley N° 18.883-, cumplidos tres días desde que esta fue despachada, esto es, el 3 de agosto de ese año, y por ende, el plazo para reclamar ante esta Contraloría General concluyó el 18 del indicado mes, por lo que habiendo concurrido el interesado ante esta Contraloría General el 23 de dicha mensualidad, su reclamo resulta extemporáneo (aplica criterio contenido en el dictamen N° 4.558, de 2015). Por consiguiente, y en mérito de lo expuesto, corresponde desestimar la presentación en comento. Transcríbase a la Municipalidad de Paine. Saluda atentamente a Ud. Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República

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