Dictamen N° 4558/2015
N° 4.558 Fecha: 16-I-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora Beatriz Díaz Sepúlveda, en representación del exfuncionario de la Municipalidad de San Miguel, señor Víctor Valdés Peralta, reclamando en contra de los decretos alcaldicios N°s. 152, 174 y 3.267, todos de 2014, a través de los cuales, respectivamente, dicho ente edilicio aplicó la medida disciplinaria de destitución al mencionado exservidor, rechazó el recurso de reposición que aquel interpuso y desestimó el requerimiento de ilegalidad que el mismo presentó ante el citado municipio. Sobre el particular, cabe recordar que, de acuerdo a lo indicado en el artículo 156, inciso primero, de la ley N° 18.883, Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales, los servidores pueden reclamar ante esta Entidad Fiscalizadora, cuando se hubieren producido vicios de legalidad que afectaren los derechos que les confiere ese cuerpo normativo, para cuyo efecto tendrán un plazo de diez días hábiles, contado desde que tuvieren conocimiento de la situación, resolución o actuación que dio lugar a la infracción que se alega. Pues bien, en la especie, de acuerdo a los antecedentes tenidos a la vista, consta que el señor Víctor Valdés Peralta tomó conocimiento personalmente el día 13 de noviembre de 2014, del aludido decreto N° 174, del mismo año, a través del cual el alcalde rechazó su recurso de reposición, afinando el proceso disciplinario que le afectó, por lo que el presente requerimiento, deducido ante esta Contraloría General el 30 de diciembre de la precitada anualidad, resulta extemporáneo (aplica criterio contenido en los dictámenes N°s. 49.058 y 84.456, ambos de 2013, y 6.996, de 2014). Por consiguiente, y en mérito de lo expuesto, corresponde desestimar la presentación en comento. Transcríbase a la Municipalidad de San Miguel. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante