Dictamen CGR

Dictamen N° 91153/2014

2014-11-21 · Procedimiento administrativo y actos administrativos · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Promoción solo favorece a funcionario de Carabineros de Chile mientras esté en servicio. La administración solo puede revocar un acto si aquél no ha producido sus efectos
Aplicado por
Dictamen N° 23857/2016
Confirma dictámenes

N° 91.153 Fecha: 21-XI-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Ciro Sáez Guerra, abogado, en representación de don José Antonio Arias Valdés, exfuncionario de Carabineros de Chile, solicitando la reconsideración del dictamen N° 24.783, de 2014, de este origen, mediante el cual se manifestó que su mandante carecía del derecho al ascenso que pretende, por haber cesado antes de que aquél se dispusiese. Requerido su informe, la mencionada entidad manifestó, en síntesis, que no procedería acceder a la petición del recurrente. Sobre el particular cabe recordar, que en dicho pronunciamiento se informó que tal promoción constituyó para el interesado una mera expectativa, que no puede materializarse con posterioridad al alejamiento, toda vez que el ascenso, como medio de provisión de empleos públicos, únicamente favorece a quienes tienen la calidad de servidores a la época en que éste se ordena. Enseguida, en cuanto, a que en su concepto, se debería revocar la promoción dispuesta en el año 2010, con el objeto de ascender al señor Arias Valdés, es dable anotar que la jurisprudencia de esta Entidad de Control contenida, entre otros, en los dictámenes N os 56.728, de 2011 y 58.502, de 2014, ha establecido que la revocación consiste en dejar sin efecto un acto administrativo por la propia Administración, fundado en razones de mérito, conveniencia u oportunidad, teniendo como única limitación, la obligación de comunicar esa decisión antes de que aquél comience a surtir sus efectos, lo que, en la especie, aconteció en el año 2010, de modo, que no es posible disponer la revocación que se pretende. Ahora bien, dado que la situación planteada por el señor Sáez Guerra ya fue analizada por esta Contraloría General, sin que la nueva alegación formulada permita modificar el dictamen N° 24.783, de 2014, se ratifica ese pronunciamiento. Transcríbase a Carabineros de Chile. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

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