Dictamen N° 91241/2016
N° 91.241 Fecha: 20-XII-2016 Se han dirigido a esta Contraloría General los señores Pedro Valdés Santana y Gerónimo Órdenes Ureta, en las calidades de presidente y secretario, respectivamente, de la Unión Comunal de Junta de Vecinos de Talagante, solicitando se reconsidere el dictamen N° 45.207, de 2016, que desestimó la denuncia de presuntas irregularidades que se habrían cometido en la constitución de una nueva unión comunal. Los ocurrentes fundamentan su solicitud de reconsideración, en los mismos términos planteados anteriormente, señalando en síntesis, que en la asamblea de constitución de la nueva entidad no se cumplió con el porcentaje mínimo de organizaciones territoriales exigido en el artículo 49 de la ley N° 19.418; que aún existen 17 juntas de vecinos sin presentar la renuncia a la organización que representan; y, que en la asamblea de constitución 19 dirigentes de juntas de vecinos votaron dos o más veces. Solicitado su parecer, la Municipalidad de Talagante señaló que se remite a lo informado previamente, precisando que al momento de celebrar la asamblea de constitución de la nueva unión comunal, concurrieron representantes del treinta por ciento de las 106 juntas de vecinos vigentes en la comuna, conforme a lo que exige la ley; que no existen diecisiete juntas de vecinos con inscripción en dos uniones comunales, pues aquellas que pertenecían a la organización que dirigen los denunciantes renunciaron a ella con anterioridad al acto de constitución de la nueva unión comunal; que no es efectivo que algunas organizaciones hayan votado dos veces, lo que consta de las copias de las respectivas actas que acompañaron anteriormente; y, que el Secretario Municipal cumplió con la verificación de los requisitos que la ley señala para la formación y aprobación de una unión comunal. Puntualizado lo anterior, y efectuado el análisis de lo planteado en esta oportunidad por los recurrentes, cumple señalar que, no habiéndose aportado nuevos antecedentes de hecho o de derecho que permitan modificar lo señalado en el dictamen N° 45.207, de 2016, se ratifica este en todas sus partes. Transcríbase a la Municipalidad de Talagante. Saluda atentamente a Ud. Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República