Dictamen N° 92862/2015
N° 92.862 Fecha: 23-XI-2015 Mediante el dictamen de la suma, y a raíz de una presentación formulada por Aguas Araucanía S.A., esta Contraloría General concluyó, por las razones que latamente se desarrollan en el mismo, que no se vislumbra el fundamento normativo que habilite al Servicio de Vivienda y Urbanización de la región de La Araucanía (SERVIU) para solicitar a esa empresa reembolsar al consorcio Paicaví SpA, contratado por dicha repartición para la ejecución de las obras de “Mejoramiento Interconexión Vial Temuco-Padre Las Casas”, los costos de traslado de una matriz de agua potable. En virtud de lo anterior, este órgano de control instruyó al SERVIU que debía ajustar su actuación al criterio contenido en el citado pronunciamiento, informando de esa circunstancia a la Contraloría Regional de La Araucanía, en el plazo que allí se consignó. Ahora bien, en relación con lo expuesto, la nombrada contraloría regional ha remitido a este nivel central la presentación de la referencia, a través de la cual el SERVIU requiere la reconsideración del mencionado dictamen. Sobre el particular, y dado que en esta oportunidad no se aportan por el servicio ocurrente nuevos antecedentes o consideraciones diversas a las tenidas a la vista al momento de emitir el pronunciamiento antes individualizado, que permitan variar el criterio allí sustentado por este organismo fiscalizador, cumple con manifestar que no se ha acogido la petición del epígrafe, por lo que ese SERVIU deberá adecuar su actuación a los términos señalados en aquel, informando de dicha circunstancia a la Contraloría Regional de La Araucanía, en el plazo de 10 días hábiles contado desde la recepción del presente oficio. Transcríbase a la Superintendencia de Servicios Sanitarios, a la singularizada contraloría regional y a la empresa Aguas Araucanía S.A. Saluda atentamente a Ud., Osvaldo Vargas Zincke Contralor General de la República Subrogante