Dictamen CGR

Dictamen N° 9369/2016

2016-02-05 · Toma de razón y control de legalidad · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Cursa con alcance la resolución N° 39, de 2015, del Servicio de Registro Civil e Identificación

N° 9.369 Fecha: 05-II-2016 Este Órgano de Control ha dado curso a la resolución del epígrafe, que aprueba las bases administrativas, técnicas y anexos para la contratación del servicio de administración de sala cuna y jardín infantil, por cuanto se ajusta a derecho. Sin perjuicio de lo anterior, esta Contraloría General entiende que la devolución del documento de garantía de seriedad de la oferta al segundo mejor evaluado, en el supuesto que el oferente adjudicado suscriba el acuerdo de voluntades, deberá realizarse tan pronto ocurra ese acontecimiento, y no como prescribe el N° 2.1 del pliego de condiciones, toda vez que conforme al artículo 43 del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, la facultad de extender el plazo de restitución allí previsto, opera para el caso que el mejor de los calificados "se desistiera de celebrar el respectivo contrato" (aplica dictamen N° 32.306, de 2015). Con el alcance que antecede, se ha tomado razón del acto administrativo del rubro. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República

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